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Ayudas para Autoempleo y Pequeñas Empresas de la provincia de Palencia

Autoempleo

Ayudas para Autoempleo y Pequeñas Empresas de la provincia de Palencia

Convocatorias de Ayudas y Subvenciones que aún están abiertas:

* Diputación de Palencia.

Convocatoria 2013 de líneas de ayuda a Micropymes, Pequeñas Empresas y Empresarios/as Autónomos/as de la provincia de Palencia.

Plazo de presentación de solicitudes hasta el 31 de octubre.

Más información sobre esta convocatoria

* Ayuntamiento de Aguilar de Campoo.

Convocatoria del Programa de Ayuda al Autoempleo en Aguilar de Campoo año 2013.

Plazo de presentación de solicitudes hasta el 15 de octubre

Bases de la Convocatoria. BOP Palencia 2/1/2013. Pág. 7

Convocatoria. BOP Palencia 2/8/2013. Pág. 7

* Ayuntamiento de Herrera de Pisuerga.

Convocatoria de ayudas para el fomento de actividades económicas de Autónomos y Sociedades en el municipio de Herrera de Pisuerga.

Plazo de presentación abierto todo el año.

Convocatoria y Modelo de solicitud

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SEGOVIA. Bases de la convocatoria anual de subvenciones dentro del programa «Segovia Emprende 2013»

Descargas

Objeto:

(Hasta el 24 de octubre de 2013).

El objeto de la presente convocatoria es la de facilitar y apoyar el surgimiento y continuidad de empresas de reciente creación y proyectos de autoempleo, que por su viabilidad puedan contribuir en términos económicos y/ó comerciales al desarrollo de Segovia, favoreciéndose aquellos que por su interés social o estratégico así lo determinen.

Poniendo a disposición del/la promotor/a la aportación de recursos económicos que le faciliten la puesta en marcha y gestión del negocio.

¿Quién lo puede solicitar?:

Personas físicas y jurídicas, independientemente de la forma en que se constituyan, que inicien o hayan iniciado una actividad empresarial o profesional en el municipio de Segovia

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Hasta el 24 de octubre de 2013

Organismo:

Responsable:

Ayuntamiento de Segovia

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ORDEN EDU/792/2013, de 30 de septiembre, por la que se convocan ayudas para financiar la adquisición de libros de texto para el alumnado que curse educación primaria y educación secundaria obligatoria en centros docentes de la Comunidad de Castilla y León, durante el curso 2013/2014.

Ayudas libros Castilla y Léon 2013/2014

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Ayuda al suministro de leche y determinados productos lácteos a los alumnos de centros escolares, curso escolar 2013/2014

Fecha de publicación:

8 de octubre de 2013

Objeto:

Convocar las ayudas al suministro de leche y productos lácteos a los alumnos de centros escolares de la Comunidad de Castilla y León para el curso escolar 2013- 2014, con la finalidad de posibilitar la compra, a precio reducido, de determinados productos lácteos para su suministro a los destinatarios de los mismos.

¿Quién lo puede solicitar?:

  • La ayuda podrá ser SOLICITADA por:
  • – Un centro escolar
  • – Una autoridad educativa, que solicite la ayuda para los productos distribuidos a los alumnos bajo su jurisdicción
  • – El proveedor de los productos
  • – Una organización que actúe en nombre de uno o más centros escolares o autoridades educativas, constituida específicamente para tal fin
  • Y serán DESTINATARIOS los alumnos matriculados en un centro escolar y pertenezcan a alguna de las siguiente categorías:
  • – Guarderías u otros centros de educación preescolar
  • – Educación primaria
  • – Educación secuandaria, bachillerato y formación profesional de grado medio

¿Qué requisitos debo cumplir?:

a) Estar AUTORIZADOS como SUMINISTRADOR conforme a lo establecido en el Real Decreto 487/2010, de 23 de abril. Para aquellos supuestos en que la autoridad competente a que se refiere el artículo 6 del citado Real Decreto sea el Director General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones, la autorización se tramitará conforme lo previsto en el 5 de la Orden de bases.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.

c) Cuando el solicitante sea un proveedor o una organización deberán llevar un registro de los nombres y direcciones de los centros escolares o autoridades educativas, así como de los productos y las cantidades suministrados.

¿Para qué es la ayuda?:

PRODUCTOS SUBVENCIONABLES:

Los productos objeto de subvención son los que aparecen en el Anexo I, siempre que cumplan con los requisitos relativos a la preparación de un producto en un establecimiento autorizado y con los de marcado de identificación conforme a la legislación vigente en esta materia.
En aplicación de lo establecido en el apartado 4 del artículo 5 del Reglamento (CE) n.º 657/2008, de 10 de julio, la leche y los productos lácteos utilizados en la preparación de comidas no serán objeto de ayuda salvo que no requieran un tratamiento térmico y dicha utilización se realice en las instalaciones del centro escolar.
El suministro de los productos lácteos contemplados en el Anexo I sólo serán subvencionables cuando se consuman durante el curso escolar 2013/2014

GASTOS SUBVENCIONABLES:

Se considerará gasto subvencionable el suministro de los productos lácteos contemplados en el Anexo I, realizado desde el día de la presentación de la solicitud hasta el fin del curso escolar, y nunca antes del primer día de inicio del mismo.

No tendrá la consideración de gasto subvencionable los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Cuantía:

El importe de la ayuda que se concederá por cada categoría de producto lácteo subvencionable es el contemplado a continuación:

Descarga del documento tipo PDF Anexo I: LISTA de PRODUCTOS. Abre una nueva ventana Anexo I: LISTA de PRODUCTOS (129 kbytes)

¿Qué documentos necesito?:

Solicitud, en modelo normalizado, dirigida al Director General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones, acompañada de la siguiente DOCUMENTACIÓN:

a) En caso de no autorizar la verificación por la Administración mediante el marcado de la casilla prevista al efecto en el Anexo III, el solicitante deberá aportar certificado acreditativo de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

b) En su caso, declaraciones de otras ayudas solicitadas y/o percibidas para el mismo fin, indicando su cuantía y la referencia de la correspondiente convocatoria.

c) Cuando el solicitante de la ayuda sea un proveedor u organización, la relación de los nombres y direcciones de los centros escolares o autoridades educativas, según el Anexo II.

d) Cuando el solicitante de la ayuda sea un proveedor u organización, documento de declaraciones y compromisos con el centro escolar, según el Anexo VI.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

Desde el 9 de octubre de 2013 hasta el 10 de diciembre de 2013

Lugar y Forma de presentación:

Presencial:

Electrónico:

  • Se excluye presentación por TELEFAX.
  • Por Internet desde ésta página.

Organismo:

Responsable:

Gestor:

Servicio de Comercialización Agraria y Asociacionismo

Que resuelve:

Director General de Industrias Agrarias y Modernización de Explotaciones

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes de ayuda y notificar las resoluciones será de 6 MESES contados desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes, entendiéndose DESESTIMADAS las no resueltas y notificadas en dicho plazo.

Notificaciones:

  • Por Correo Postal en el domicilio del interesado o en el lugar que haya indicado a efecto de notificaciones.
  • En el Boletín Oficial de Castilla y León.

Recursos:

  • Contencioso-administrativo
  • Reposición

Información adicional:

JUSTIFICACIÓN

El plazo para la presentación de la cuenta justificativa finaliza el último día del tercer mes siguiente al término del período objeto del suministro de los productos subvencionables

COMPATIBILIDAD

Las ayudas serán compatibles con cualesquiera otras que puedan percibirse para la misma finalidad.

No obstante, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá superar, individualmente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, destinadas al mismo fin, el coste de la actividad a desarrollar por el solicitante.

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El 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar una beca para el carné de conducir a la Fundación Mapfre

 El 30 de septiembre finaliza el plazo para solicitar una beca para el carné deconducir a la Fundación Mapfre

El plazo para pedir una de las 100 becas que la Fundación Mapfre ofrece a jóvenes en situación de desempleo para ayudarles a obtener el permiso de conducir finalizar el próximo 30 de septiembre.

La ayuda qu concederá la Fundación Mapfre a cada uno de los beneficiarios será de 500 euros. Los jóvenes que quieran optar a la beca debe tener entre 18 y 29 años, vivir aún en casa de sus padres y no haber encontrado trabajo desde antes del 31 de mayo de 2013 hasta el momento de solicitarla.
Si estais interesados y reunís los requisitos podeis participar en el proceso de candidatura a través de la web habilitada por la fundación.
Antes de inscribirse tendreis que pasar un test de seguridad vial para demostrar vuestros conocimientos y habilidades en la materia.

Fuente: portalparados

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Convocatoria 2013 de subvención Programa Cantera

 

Fuente:

 

 

Consejería de Cultura y Turismo

 

Descripción:

 

Publicación de la orden de convocatoria subvenciones a clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas para el desarrollo de su actividad deportiva. «Programa Cantera»

 

Fecha de publicación de la Noticia:

 

14 de junio de 2013

 

Contenido:

 

Con fecha 14 de junio de 2013 se han publicado en el B.O.CyL. la Orden de 4 de junio de 2013 de la convocatoria subvenciones a clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas para el desarrollo de su actividad deportiva. «Programa Cantera»

 

Por la Orden CYT/235/2013, de 5 de abril, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» nº 73, de 17 de abril, se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas para el desarrollo de su actividad deportiva. «Programa Cantera».

 

Estas subvenciones tienen como finalidad contribuir a la consolidación de la estructura deportiva de clubes deportivos y sociedades anónimas deportivas.

 

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 29 de junio del 2013

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Guia de ayudas sociales para las familias 2013

Guia de ayudas sociales para las familias 2013

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Convocado el Programa “Conciliamos en verano”

Descripción:

Por Orden FAM/277/2013 de 26 de abril de 2013 se convoca el programa “Conciliamos en Verano” dirigido a la conciliación de la vida laboral y familiar durante el período vacacional de los niños de 3 a 12 años y que se desarrollará de lunes a viernes desde el día 24 de junio de 2013 hasta el 31 de julio de 2013, en horario de 7,45 a 15,15 horas.

Fecha de publicación de la Noticia:

29 de abril de 2013

Contenido:

El objeto del programa es la atención de los niños y niñas entre 3 y 12 años en las vacaciones de verano mientras los padres mantienes su actividad profesional, en desarrollo de La Ley 1/2007, de 7 de marzo, de medidas de Apoyo a las familias de la Comunidad de Castilla y León

Características:

  • DURACIÓN: El programa se desarrollará entre el 24 de junio y el 31 de julio de 2013. El horario será de7,45 a 15,15 horas.
  • DESTINATARIOS: Se dirige el programa a niñas y niños de entre 3 y 12 años en cuyas familias trabajan los dos padres o uno si es familia monoparental, constituyendo un programa dirigido a conciliar la vida laboral y familiar.
  • INSTALACIONES: Los 40 ayuntamientos interesados han designado 72 instalaciones para el desarrollo del programa en 2013.
  • ACTIVIDADES: Se podrán realizar actividades, tanto estáticas como dinámicas, previamente planificadas, relacionadas con la naturaleza y educación ambiental, de carácter artístico, de carácter deportivo, de juegos con fines lúdicos y de diversión, talleres de contenidos diversos como idiomas, manualidades y otros que puedan aumentar la capacidad y destreza de las niñas y niños participantes.
  • SOLICITUDES: El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 14 de mayo de 2013 y se presentarán, preferentemente, en las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales de cada provincia.
  • CUOTAS DE LAS FAMILIAS: Las cuotas que deben pagar las familias se calcularán en función de la capacidad económica de cada una y tendrá una cuantía semanal de 20 € para capacidades económicas familiares entre 9.000,01 hasta 18.000,00 € y de 30 € para capacidades económicas familiares de más de 18.000 €, siendo gratuito para familias con capacidad económica inferior a 9.000 € anuales. Las familias numerosas de categoría general tienen una bonificación del 50 % y las de categoría especial están exentas de pago, siempre y cuando en ambos casos la capacidad económica familiar sea inferior a 40.000 €. También están exentos los menores que estén bajo medidas de protección a la infancia de esta Comunidad.

En el supuesto de que dos o más menores de la misma unidad familiar sean usuarios del programa, el segundo y siguientes tendrán una bonificación del 25% de la cuota. Esta bonificación no procederá en el caso de que se haya aplicado la bonificación para familias numerosas de categoría general.

A efectos de abono de las cuotas, tendrá la consideración de una semana el período comprendido entre el 22 y el 31 de julio.

Los usuarios que asistan a todo el periodo del programa, la cuota total a pagar en el mismo será de 90 € para el tramo de capacidad económica familiar de 9.000,01 a 18.000,00 € y de 135 € para el tramo de más de 18.000,00 €

Más información en el teléfono 012

Fuente: Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades

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2013. Prestaciones de desempleo en su modalidad de pago único. Castilla y León

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda los trabajadores que tengan reconocida la prestación por desempleo de nivel contributivo en su modalidad de pago único total que desarrollen su actividad en la Comunidad de Castilla y León, y que se hayan constituido en socios de una cooperativa de trabajo o socios de trabajo de un sociedad laboral, y el establecimiento como trabajadores por cuenta propia discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, o el establecimiento como trabajadores autónomos cuando los beneficiarios sean hombres jóvenes hasta 30 años de edad o mujeres jóvenes hasta 35 años.

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES

Serán subvencionables las cuotas satisfechas por el beneficiario al régimen de la Seguridad Social correspondiente, durante el tiempo en que se hubiera percibido la prestación por desempleo de no haberse reconocido la prestación en su modalidad de pago único.

AYUDA

a) El 50% de la cuota al régimen correspondiente de la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia, calculada sobre la base mínima de cotización o de la que corresponda, si es inferior.

b) El 100% de la aportación del trabajador en las cotizaciones al correspondiente régimen de la Seguridad Social por cuenta ajena.

OBSERVACIONES

Se establecen los siguientes plazos de solicitud:

– Del 1 de abril al 13 de mayo de 2013 inclusive, para las cuotas satisfechas desde el 1 de septiembre de 2012 hasta el 31 de marzo de 2013, ambas inclusive.

– Del 1 de septiembre al 11 de octubre 2013 inclusive, para las cuotas satisfechas desde el 1 de abril de 2013 hasta el 31 de agosto de 2013, ambas inclusive.

COMPATIBILIDAD

El importe de las subvenciones previstas en esta Orden será compatible con otras ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, para la misma finalidad siempre que no se supere el coste de la cotización a la seguridad social satisfecho por el interesado.

INFORMACIÓN Y TRAMITACIÓN

Oficina Territorial de Trabajo

LEGISLACIÓN

Orden EYE/1103/2012, 18 diciembre (BOC-L 244/12, 20 diciembre)

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Subvención de 223.720 euros para las actividades de promoción turística de los 80 CIT

VALLADOLID, 18 Abr. (EUROPA PRESS) –

El Consejo de Gobierno ha aprobado una subvención de 223.720 euros destinada a financiar actividades de promoción turística, coordinación y colaboración con los 80 Centros de Iniciativas Turísticas (CIT) de Castilla y León y la Federación de Centros de Iniciativas Turísticas (FECITCAL), con el fin de apoyar las iniciativas que estos centros desarrollan en el medio rural para mantener el sector turístico.

Entre todas estas actividades destaca la organización en 2013 de los actos que tendrán lugar con ocasión de la celebración del Día del Turismo en Castilla y León y del Día de los Centros de Iniciativas Turísticas de Castilla y León.

Las actividades desarrolladas por los 80 Centros de Iniciativas Turísticas de Castilla y León y su Federación son fundamentales en la dinamización del turismo en el medio rural y en su promoción como motor de actividad económica.

Entre estas actividades se encuentran la edición y distribución de material promocional; la creación y mantenimiento de oficinas y sistemas de información turística de carácter local; participación en ferias; organización y participación de diversas actividades propias del ámbito rural como señalización de monumentos y de rutas, jornadas y ferias gastronómicas, concursos fotográficos, literarios, de pintura, gastronómicos o juegos tradicionales entre otros, fiestas locales y romerías, mercados tradicionales, exposiciones de pintura o fotográficas, ciclos musicales, o actividades deportivas.

Los Centros de Iniciativas Turísticas llevan a cabo la realización de actividades que potencien el impacto turístico y el desarrollo turístico del medio rural en Castilla y León y entre ellas destacarán la celebración del Día de los Centros de Iniciativas Turísticas de Castilla y León y del Día del Turismo de Castilla y León.

Las actividades que llevan a cabo los 80 Centros de Iniciativas Turísticas de Castilla y León están encaminadas a la cooperación para el fomento del turismo en el medio rural en el que están ubicados, en todos sus aspectos, y dentro de la zona de influencia de los centros y de conformidad con los planes generales que informe la política turística de la Comunidad de Castilla y León.

FECITCAL, Federación de Centros de Iniciativas Turísticas de Castilla y León, coordina y planifica las actividades que exceden de las atribuciones de un solo C.I.T. y es el órgano interlocutor y coordinador entre todos ellos y la Comunidad de Castilla y León.

VALLADOLID, 18 Abr. (EUROPA PRESS) –